ESTAFA

El Código Orgánico Integral Penal en su Art. 186 establece al delito de Estafa de la siguiente manera.- La persona que, para obtener un beneficio patrimonial para sí misma o para una tercera persona, mediante la simulación de hechos falsos o la deformación u ocultamiento de hechos verdaderos, induzca a error a otra, con el fin de que realice un acto que perjudique su patrimonio o el de una tercera, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
¿Qué ejemplos comunes constituyen estafa?
Algunos ejemplos frecuentes son:
Vender un vehículo con documentos falsos.
Cobrar por un terreno que no existe o que no pertenece al vendedor.
Prometer inversiones fraudulentas para obtener dinero.
Engañar a alguien con falsos contratos o negocios inexistentes.
Vender un mismo bien a varias personas.
¿Qué pruebas se necesitan para denunciar una estafa?
Se deben presentar documentos o evidencias que demuestren el engaño y el perjuicio económico, como:
Contratos falsos o incumplidos.
Comprobantes de pago (depósitos, transferencias).
Mensajes, correos o conversaciones donde se evidencie el engaño.
Testigos que confirmen los hechos.
¿Cómo puedo presentar una denuncia por estafa y ante qué autoridad?
La denuncia puede presentarse:
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En la Fiscalía General del Estado.
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En la Policía Judicial, para que se remita a la Fiscalía.
Debes llevar tu cédula y todos los documentos o pruebas que sustenten la denuncia y rendir tu versión.
¿Qué pasa si entregué dinero por un negocio falso, puedo recuperar mi dinero además de denunciar?
Sí. La denuncia penal busca sancionar al responsable, pero además puedes solicitar reparación integral, que incluye la devolución del dinero. El juez puede ordenar la indemnización económica dentro del proceso penal.
¿Cuál es la pena si la estafa supera los 30 salarios básicos unificados?
El COIP (art. 186) establece que si la estafa supera los 30 salarios básicos unificados (SBU), la pena es de 7 a 10 años de prisión.
¿La estafa siempre implica un contrato o también puede darse por engaños verbales?
No siempre se necesita un contrato. Basta con que exista un engaño intencional que cause un perjuicio económico. Puede darse tanto por escrito como de forma verbal.
¿Qué pasa si la persona acusada de estafa devuelve el dinero antes del juicio?
Si devuelve el dinero y hay acuerdo con la víctima, se puede llegar a un acuerdo reparatorio aprobado por el juez, lo que extingue la acción penal.
¿La estafa se persigue de oficio o bajo denuncia de parte?
La estafa es un delito de acción pública, es decir, se persigue de oficio una vez presentada la denuncia en la Fiscalía.
¿Qué hacer si me acusan falsamente de estafa?
Debes presentar tu defensa con:
Pruebas de que el negocio fue real.
Documentos de cumplimiento (recibos, entregas, facturas).
Testigos que acrediten que no hubo engaño.
Además, puedes denunciar a quien te acusó falsamente por ser una denuncia maliciosa y temeraria.
VIOLACIÓN

El Código Orgánico Integral Penal en su Art. 171 establece al delito de Estafa de la siguiente manera «Es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo. Quien la comete, será sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años en cualquiera de los siguientes casos:»
¿Qué debe hacer una persona que ha sido víctima de violación?
Buscar atención médica inmediata para proteger su salud y obtener un examen médico-legal.
Acudir a la Fiscalía o Policía para presentar la denuncia.
Solicitar medidas de protección urgentes (prohibición de acercamiento del agresor, boletas de auxilio, etc.).
Recibir apoyo psicológico y legal gratuito a través de la Defensoría Pública y la Fiscalía.
¿Dónde y cómo se puede denunciar un delito de violación?
La denuncia puede presentarse en:
Fiscalía General del Estado.
Unidades de Policía Judicial.
Juzgados de violencia contra la mujer y la familia.
Basta con relatar los hechos; no se necesita abogado para denunciar, aunque sí para continuar el proceso.
¿Qué pruebas se necesitan para investigar un delito de violación?
Las más importantes son:
Examen médico-legal y pruebas biológicas (fluidos).
Informe psicológico de la víctima.
Testimonio Anticipado de la víctima y posibles testigos.
Mensajes, audios o videos que evidencien amenazas o intimidación.
¿Qué pasa si la víctima es menor de edad?
Si la víctima es menor de 14 años, siempre es violación, aunque exista consentimiento. La pena es más grave (19 a 22 años).
Además, la víctima recibe protección reforzada: atención médica, psicológica y acompañamiento especializado.
¿Qué derechos tiene la víctima durante el proceso judicial?
Derecho a protección inmediata frente al agresor.
Derecho a gratuitad de patrocinio legal (Defensoría Pública).
Derecho a un proceso sin revictimización.
Derecho a solicitar reparación integral (indemnización, atención psicológica, garantías de no repetición).
¿Qué medidas de protección puede solicitar la víctima?
Prohibición de acercamiento del agresor.
Salida inmediata del agresor del domicilio.
Asistencia policial permanente.
Acceso a casas de acogida en casos graves.
Estas medidas las puede dictar el juez de forma urgente.
¿Existen agravantes que aumentan la pena de violación?
Sí. La pena se agrava si:
La víctima es menor de 14 años.
El agresor transmite enfermedades graves.
Hay más de un agresor.
Se produce embarazo como consecuencia.
El agresor es familiar, docente, autoridad o alguien con poder sobre la víctima.
¿La violación es un delito que prescribe con el tiempo?
No, la violación es un delito imprescriptible igual que los delitos contra el Estado.
¿Se puede retirar una denuncia de violación?
No. La violación es un delito de acción pública y se investiga de oficio. Aunque la víctima quiera retirar la denuncia, la Fiscalía está obligada a continuar el proceso.